Alcances Profesionales
Siguiendo la Ordenanza 1025 las incumbencias profesionales no se modifican por lo que continúan siendo:
– Estudio, factibilidad, proyecto, planificación, dirección, construcción, instalación, puesta en marcha, operación, ensayos, mediciones, mantenimiento, reparación, modificación, transformación, inspección y desguace de:
- Buques, embarcaciones y artefactos navales de todo tipo.
- Instalación de plantas propulsoras y auxiliares navales.
- Sistemas de control.
- Astilleros y talleres de la especialidad, excepto obras civiles.
- Laboratorios de la especialidad, excepto obras civiles.
B.- Estudios, tareas y asesoramientos relacionados con:
- Técnicas navales relativas a rutas, puertos y líneas de transportes acuáticos e instalaciones complementarias, exceptuando obras civiles.
- Asuntos de Ingeniería Legal, Económica y Financiera, relacionados con los incisos anteriores.
- Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con los incisos anteriores.
Higiene, seguridad industrial y contaminación ambiental relacionados con los incisos anteriores.