Alcances Profesionales

Siguiendo la Ordenanza 1025  las incumbencias profesionales no se modifican por lo que continúan siendo:
– Estudio, factibilidad, proyecto, planificación, dirección, construcción, instalación, puesta en marcha, operación, ensayos, mediciones, mantenimiento, reparación, modificación, transformación, inspección y desguace de:

  1. Buques, embarcaciones y artefactos navales de todo tipo.
  2. Instalación de plantas propulsoras y auxiliares navales.
  3. Sistemas de control.
  4. Astilleros y talleres de la especialidad, excepto obras civiles.
  5. Laboratorios de la especialidad, excepto obras civiles.

B.-  Estudios, tareas y asesoramientos relacionados con:

  1. Técnicas navales relativas a rutas, puertos y líneas de transportes acuáticos e instalaciones complementarias, exceptuando obras civiles.
  2. Asuntos de Ingeniería Legal, Económica y Financiera, relacionados con los incisos anteriores.
  3. Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con los incisos anteriores.

Higiene, seguridad industrial y contaminación ambiental relacionados con los incisos anteriores.